figura01

Blog

El contrato no es letra muerta

Diseño sin título (7)

Dra. Mariana Caporale

Gerente Departamento Corporativo

 

Cuando las partes de un negocio llegan a un acuerdo nace un contrato.

El contrato es un acuerdo por el cual las partes asumen obligaciones recíprocas y establecen el alcance de las mismas y las condiciones de cumplimiento, así como también, disponen el marco dentro del cual deberá ejecutarse el contrato.

Este acuerdo puede ser verbal o escrito, pero la complejidad, la velocidad y la distancia con la que se realizan los negocios modernos torna ineficaz el viejo “pacto de caballeros”, siendo imprescindible que cualquier tipo de arreglo sea llevado al papel para garantizar su debida ejecución.

Suele decirse que los contratos se hacen para ser encajonados en un escritorio. Eso es verdad, mientras las cosas marchan bien, pues es evidente que nadie proyecta un negocio pensando que no va a poder honrar sus obligaciones.

Pero nadie puede predecir el futuro y esa es la tarea del abogado: adelantarse a la jugada e ir más allá de lo que las partes piensan a la hora de concretar un negocio. Porque cuando comienzan las diferencias entre ellas y el diálogo se resiente, el contrato se revela como lo que realmente es: la ley entre las partes, y como tal, la herramienta fundamental para resolver cualquier conflicto.

Además, en caso que sea necesario recurrir a la justicia, el contrato será el instrumento más eficaz para los terceros llamados a intervenir – a quienes corresponde su interpretación y aplicación (letrados, jueces, árbitros) – y asegurará que cualquier proceso que deba encauzarse sea más breve, más simple y menos oneroso para las partes.

Por ello, antes de firmar un contrato, resulta de importancia que se puedan revisar algunos aspectos centrales:

  • Conocer qué tipo de contrato se está firmando, bajo la premisa de que el contrato no es un fin en sí mismo sino un vehículo o herramienta al servicio del negocio que se quiera realizar.
  • Que las obligaciones de las partes estén descritas lo más claro posible, las ambigüedades pueden generar consecuencias no deseadas.
  • Chequear que el precio y formas de pago resulten claramente establecidos.
  • Que el plazo y las condiciones de salida (Rescisión unilateral) estén determinadas en forma precisa.
  • Conocer si se establecen penalidades y/o multas.
  • Si se agregan Anexos, firmarlos conjuntamente con el contrato, y que quede claro que son parte integrante del contrato y vinculantes para las partes.
  • Determinar la forma en la que se dirimirán los conflictos.
  • Y por último, pero no menos importante, leer antes de firmar y en caso de dudas, asesorarse.

************

Compartir
figura01

Últimas Notas

Web
Residencia fiscal en Uruguay: Oportunidades de inversión y planificación fiscal
Diseño sin título-6
¿Cuándo son necesarios los informes de auditoría o de revisión limitada?
Felices fiestas!!!
Diseño sin título (8)
Se mueve se mueve, se juega se juega… Nuevas disposiciones para las Sociedades Anónimas Deportivas.
Hemos constituido todas las sociedades anónimas que se encuentran bajo el régimen de Participación Publico Privada.
Realizamos el primer traslado de domicilio de
sociedad extranjera al Uruguay.

Escríbenos

Visítanos

Plaza Independencia 808 piso 11